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Auditoría revela deficiencias en fiscalización del Servicio Nacional de Aduanas

Informe de Contraloría sobre operaciones de 2024 detectó que 25 contenedores salieron del Puerto de San Antonio sin la revisión física obligatoria, entre otras deficiencias de control y ciberseguridad.

Publicado a las 20:53 · Última actualización: · Fecha del hecho:

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Qué pasó

Una auditoría de la Contraloría General de la República (CGR) al Servicio Nacional de Aduanas identificó múltiples deficiencias en los procesos de control, fiscalización y gestión tecnológica para el ingreso de mercancías al país [1]. La fiscalización abarcó principalmente las operaciones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 [5].

El hallazgo principal del Informe Final N°599 de la CGR fue que 25 contenedores que habían sido seleccionados para aforo físico —inspección de la mercancía— en el Puerto de San Antonio, abandonaron las instalaciones portuarias sin que se realizara dicha revisión [2, 3].

La auditoría también constató que otras operaciones de importación que cumplían con criterios de riesgo predefinidos por el propio servicio no fueron sometidas a los controles correspondientes [4, 9]. La revisión de la CGR examinó el funcionamiento de los sistemas de Declaración de Ingreso, Selectividad y Denuncias, Cargos y Reclamos, además de los equipos escáner y los mecanismos de ciberseguridad [6, 7].

En el ámbito tecnológico y de procedimientos, se detectaron vulnerabilidades como el uso de WhatsApp en teléfonos personales para compartir fotografías de escáneres, la existencia de servidores obsoletos, problemas en la trazabilidad de evidencias de armas y municiones, y fallas en los sistemas informáticos institucionales [10, 11, 12, 13].

Por qué importa

Instituciones: Los hallazgos cuestionan la capacidad del Servicio Nacional de Aduanas para cumplir su rol fiscalizador. La instrucción de la Contraloría de iniciar sumarios y adoptar medidas correctivas activa los mecanismos de control y rendición de cuentas dentro del aparato estatal [14, 15, 17].

Territorios: La falla específica en el Puerto de San Antonio expone la vulnerabilidad de un punto de entrada clave para el comercio exterior chileno, con implicancias para la seguridad y el control fiscal en esa zona portuaria y, por extensión, en el resto del país [2].

Tecnología: La existencia de servidores obsoletos, vulnerabilidades informáticas y el uso de canales inseguros para información sensible revela brechas tecnológicas y de ciberseguridad que comprometen la integridad y confidencialidad de las operaciones de fiscalización aduanera [10, 11, 13].

Economía: La omisión de controles a contenedores y declaraciones de importación que presentan criterios de riesgo facilita la evasión de impuestos y el contrabando, lo que puede generar un perjuicio fiscal y una competencia desleal para los operadores que sí cumplen la normativa [4, 9].

Lo confirmado

  • Una auditoría de Contraloría a Aduanas abarcó principalmente operaciones del año 2024, con algunos antecedentes de 2025 [5, 8].
  • En el Puerto de San Antonio, 25 contenedores seleccionados para inspección física salieron sin ser revisados [2, 3].
  • Se identificaron declaraciones de importación que, cumpliendo criterios de riesgo, no fueron fiscalizadas [4, 9].
  • El informe consignó debilidades tecnológicas como servidores obsoletos y el envío de imágenes de escáneres por WhatsApp [10, 11].
  • Se encontraron deficiencias en el seguimiento de la cadena de custodia para evidencia de armas y municiones [12].
  • La Contraloría ordenó a Aduanas iniciar procedimientos disciplinarios para establecer responsabilidades administrativas [14, 17].

Lo que falta saber

  • ¿Cuál es la fecha de emisión del Informe Final N°599 de la Contraloría?
  • ¿Cuál es la fecha exacta en que la Contraloría General de la República identificó las deficiencias?

Qué observar ahora

  • El inicio de los sumarios administrativos instruidos por la Contraloría al interior del Servicio Nacional de Aduanas [14].
  • La implementación de las medidas correctivas y el fortalecimiento de los mecanismos de control que Aduanas debe adoptar por orden de la CGR [15, 16].
  • Los resultados de los procedimientos disciplinarios para determinar las eventuales responsabilidades administrativas por las fallas detectadas [17].

Fuentes

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