CMF posterga norma sobre créditos a directores bancarios con voto disidente en el Consejo
La Comisión para el Mercado Financiero extendió por seis meses el plazo para prohibir créditos a directores y sociedades relacionadas, fijando la nueva fecha para el 26 de diciembre de 2026. La decisión no fue unánime.
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Qué pasó
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) postergó por segunda vez la entrada en vigencia de una normativa que prohíbe a los bancos otorgar créditos a sus directores y a las sociedades en que estos participan. La decisión, tomada por el consejo de la CMF el 11 de junio, extiende el plazo en seis meses, pero contó con el voto en contra del comisionado Beltrán de Ramón.
La norma en cuestión es la Circular N° 2.364, dictada el 26 de junio de 2025, que modifica el Capítulo 12-12 de la Recopilación Actualizada de Normas (RAN). Esta prohíbe a los bancos dar créditos a sus directores, apoderados generales, cónyuges, convivientes, hijos menores y a las sociedades donde tengan participación directa o indirecta. El cambio clave fue extender la prohibición a sociedades "aguas abajo", modificando una interpretación que, según los bancos, llevaba casi cuatro décadas aplicando solo a sociedades de primer grado. Esto motivó un reclamo de ilegalidad de la banca ante la Corte de Apelaciones.
Inicialmente, hacia fines de julio de 2025, la CMF otorgó un plazo de un año para que la industria se adaptara. Sin embargo, antes de cumplirse ese período, el consejo aprobó una nueva postergación de seis meses, sumando un total de 18 meses de adecuación. La propuesta, presentada por el director general jurídico Diego Peralta, argumentó la necesidad de la prórroga debido al "costo regulatorio involucrado en la implementación". La nueva fecha de entrada en vigencia es el 26 de diciembre de 2026.
La decisión fue acordada por la mayoría del consejo, integrado por la presidenta Catherine Tornel y los comisionados Augusto Iglesias, Osvaldo Adasme y Bernardita Piedrabuena. El comisionado Beltrán de Ramón Acevedo votó en contra, argumentando que el plazo original de doce meses fue tiempo suficiente para que los afectados se adecuaran. Según consta en el acta, De Ramón estima que una nueva postergación no se justifica, ya que el costo regulatorio actual es "muy marginal o cero".
Por qué importa
Instituciones: La decisión no unánime del consejo de la CMF, con un voto disidente explícitamente fundamentado en el acta, evidencia las tensiones internas en el regulador sobre el equilibrio entre la aplicación de normativas de probidad y los costos de implementación para la industria financiera.
Economía: La postergación mantiene por seis meses adicionales las condiciones actuales de crédito para directores de bancos y sus sociedades relacionadas. Esto retrasa la aplicación de mayores restricciones sobre operaciones con partes relacionadas, un aspecto clave en la gestión de riesgos y gobierno corporativo del sector bancario.
Lo confirmado
- La Comisión para el Mercado Financiero aplazó por seis meses la implementación de una circular sobre créditos a partes relacionadas.
- La nueva fecha para que la normativa entre en vigor es el 26 de diciembre de 2026.
- La decisión de postergación fue tomada el 11 de junio por el consejo de la CMF, pero no fue unánime.
- El comisionado Beltrán de Ramón se opuso a la prórroga.
- La norma original, Circular N° 2.364, fue emitida el 26 de junio de 2025.
- El cambio normativo amplía la prohibición de créditos a las sociedades "aguas abajo" de los directores.
- La industria bancaria interpuso un reclamo de ilegalidad en la Corte de Apelaciones contra la circular.
- El argumento de la CMF para la nueva postergación fue el "costo regulatorio" de la implementación.
- El voto disidente sostuvo que el plazo inicial de 12 meses era suficiente para la adecuación de la industria.
Lo que falta saber
- ¿Cuáles son los argumentos específicos que los bancos presentaron en su reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones?
- ¿Cómo se define y cuantifica el "costo regulatorio" que justifica la postergación, según la CMF?
- ¿Cuáles son las implicancias operativas y financieras concretas para los bancos al extender la prohibición de crédito a sociedades "aguas abajo"?
- ¿Cuál fue la fecha exacta en julio de 2025 en que se comunicó el primer plazo de un año para la adaptación?
Qué observar ahora
- La entrada en vigencia de la Circular N° 2.364, ahora programada para el 26 de diciembre de 2026.
- El desarrollo y resolución del reclamo de ilegalidad interpuesto por los bancos en la Corte de Apelaciones.
Fuentes
La Tercera ·