Subtel ordena a proveedores de internet bloquear 42 sitios de apuestas en línea
En cumplimiento de un fallo judicial, la Subsecretaría de Telecomunicaciones instruyó a seis empresas bloquear, en un plazo de 48 horas, las URLs de plataformas que operan al margen de la ley.
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Qué pasó
La Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) ofició a las principales empresas proveedoras de acceso a internet (ISP) del país para que bloqueen un listado de 42 URLs correspondientes a plataformas de apuestas y juegos de azar en línea. La medida se instruyó en cumplimiento de resoluciones de la Corte de Apelaciones de Santiago y la Corte Suprema.
Las empresas notificadas son Entel, Movistar, Claro, GTD, WOM y VTR, las cuales disponen de un plazo máximo de 48 horas desde la notificación para ejecutar el bloqueo. La acción deriva de un recurso de protección impulsado por la Lotería de Concepción contra las empresas de telecomunicaciones, tras confirmarse judicialmente que las plataformas de apuestas operan fuera de la regulación vigente en Chile.
El mecanismo de bloqueo ordenado es a través del Sistema de Nombres de Dominio (DNS), un método que, según un informe técnico de Subtel ratificado por la Corte de Apelaciones, es idóneo por resguardar la neutralidad de la red y la privacidad de los usuarios. Este sistema se considera proporcional y previene el bloqueo involuntario de servicios lícitos.
El listado de las 42 URLs fue remitido por la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ), entidad encargada de verificar y certificar qué operadores son informales y no están autorizados. El procedimiento establece que se aplicará sucesivamente a nuevos dominios, subdominios o sitios espejo que sean identificados, siempre que sean específicos, verificables y validados previamente por la SCJ.
Por qué importa
Instituciones: La medida demuestra la articulación entre el Poder Judicial, la Superintendencia de Casinos de Juego y la Subtel para hacer cumplir la normativa vigente, estableciendo un precedente sobre la capacidad del Estado para ejecutar fallos que involucran la regulación del espacio digital.
Tecnología: Se establece un mecanismo técnico específico (bloqueo por DNS) para la restricción de acceso a sitios web por orden judicial en Chile. La elección de este método fue validada por ser considerado menos invasivo y protector de la neutralidad de la red en comparación con otras alternativas.
Economía: La acción regulatoria impacta directamente el mercado de las apuestas en línea, al limitar la operación de plataformas extranjeras no autorizadas en el país. Esto podría reconfigurar la competencia en favor de los operadores de juegos de azar que sí cuentan con licencias legales en Chile, como la Lotería de Concepción.
Lo confirmado
- La Subtel ordenó a seis proveedores de internet bloquear el acceso a 42 URLs.
- El listado de sitios web fue validado por la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ).
- La instrucción de bloqueo cumple con un fallo de la Corte Suprema y una resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago.
- El método técnico especificado para el bloqueo es a través del Sistema de Nombres de Dominio (DNS).
- Las empresas de telecomunicaciones tienen un plazo de 48 horas para implementar la medida tras ser notificadas.
- La acción judicial original fue un recurso de protección presentado por la Lotería de Concepción.
- El procedimiento contempla la posibilidad de bloquear futuros dominios o sitios espejo de las plataformas ilegales.
Lo que falta saber
- ¿En qué fecha se presentó o se falló el recurso de protección de la Lotería de Concepción que originó esta medida?
- ¿Cuál fue la fecha y hora exacta en que las empresas proveedoras de internet fueron notificadas para iniciar el plazo de 48 horas?
Qué observar ahora
- Cumplimiento del plazo de 48 horas por parte de Entel, Movistar, Claro, GTD, WOM y VTR para ejecutar el bloqueo.
- Acreditación por parte de las empresas del bloqueo ejecutado ante la Corte de Apelaciones de Santiago, con copia a Subtel indicando fecha y hora exacta.
- La futura aplicación del procedimiento a nuevos dominios o sitios espejo que sean identificados por los recurrentes y validados por la SCJ.
- La eventual activación del mecanismo de corrección en caso de errores de identificación o afectación de servicios lícitos.
Fuentes
Subsecretaría de Telecomunicaciones ·